miércoles, 6 de junio de 2012

Las leyes contra la discriminación

A diferencia de la alternativa que prescribe de manera general observar la tolerancia como forma de vida en circunstancias de creciente pluralidad, la propuesta legal promueve el establecimiento o la creación de leyes contra la discriminación y el racismo. Esta modalidad, hay que decirlo, es una alternativa derivada de la anterior que reconoce la legitimidad de la tolerancia para enfrentar al racismo, pero que a diferencia de aquélla plantea, mediante la ley, un elemento disuasivo de la exclusión fundada en la discriminación racial.
Los sustentos legales de esta fórmula quizá haya que ubicarlos en la ya lejana declaración de los derechos del hombre y el ciudadano, de 1789. Pero sin duda, la referencia obligada es la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, pues en su marco se formó la iniciativa que habría de dar origen a la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, aprobada por las Naciones Unidas en 1965.
Ciertamente, algunas constituciones políticas desde mucho antes contenían enunciados que buscaban prevenir la discriminación fundada, entre otras razones, en el racismo, como es el caso de la Constitución Política de México en su artículo primero. Pero la verdadera iniciativa de luchar en contra de la discriminación racial mediante la ley data de 1965. Y en esto hay que tener en cuenta el papel catalizador de los horrores racistas ocurridos durante la Segunda Guerra Mundial y de las secuelas que ese fenómeno siguió proyectando hacia finales de la década de 1950 y principios de 1960 (Lerner, 1991: 68).
La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, en el párrafo inicial de su artículo primero, señala que la discriminación racial...

... denota toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública (Lerner, 1991: 72).

Según prescribe la misma convención en su artículo segundo, los Estados que la han suscrito se comprometen...

... a no incurrir en ningún acto o práctica de discriminación racial contra personas, grupos de personas o instituciones y a velar porque todas las autoridades e instituciones públicas, nacionales y locales, actúen en conformidad con esta obligación (Lerner, 1991: 75).

Más aún, el artículo cuarto señala, entre otras, las siguientes obligaciones de los Estados:

a.
declarar punible conforme a la ley toda difusión de ideas basadas en la superioridad o en el odio racial, toda incitación a la discriminación racial, todo acto de violencia o toda incitación a tales actos, así como toda asistencia a las actividades racistas, incluida su financiación;
b.
declarar ilegal y prohibir las organizaciones que promuevan la discriminación racial e inciten a ella, así como la propaganda racista;
c.
impedir que las autoridades o instituciones públicas, nacionales o locales, promuevan la discriminación racial o inciten a ella

¿Para qué sirven estas subvenciones?

La distribución de los recursos para la atención de necesidades sociales de interés general, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se destina en el año 2011, a financiar los programas que se relacionan para cada uno de los colectivos siguientes:
 Infancia y familia
  • Programas dirigidos a facilitar la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal.
  • Programas de promoción de la calidad de vida infantil y protección de los derechos de la infancia.
  • Programas de equipamientos residenciales para menores en situación de dificultad y/o conflicto social y programas para la ejecución de medidas en medio abierto.
  • Programas de fomento de la acogida familiar de menores y de promoción de la adopción de niños con necesidades especiales.
  • Programas para la prevención y atención del maltrato y explotación infantil.
  • Programas de intervención en familias que se encuentran en situaciones de especial dificultad.
  • Programas de orientación y/o mediación familiar y puntos de encuentro familiar.
  • Programas de educación familiar y parentalidad positiva.
 Jóvenes
  • Actuaciones integrales que ayuden a conseguir la emancipación de los(as) jóvenes, aumentando su grado de autonomía personal y su integración social.
  • Actuaciones que promuevan la convivencia y la igualdad entre los(as) jóvenes a través de la educación en valores.
  • Actuaciones que contribuyan a la promoción de la participación social de los(as) jóvenes y al desarrollo de actividades de ocio y tiempo libre.
  • Actuaciones que fomenten la adquisición de hábitos de vida saludable.
 Mujeres
  • Programas dirigidos a conseguir la inserción social de las mujeres que se encuentran en situación o en riesgo de exclusión social.
  • Programas dirigidos a favorecer la incorporación de las mujeres al mundo laboral.
  • Programas dirigidos a prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, en todas sus manifestaciones: violencia de género, tráfico con fines de explotación sexual (prostitución) y delitos contra la libertad sexual.
 Personas mayores
  • Programas de atención personal, atención nocturna, servicios de respiro y apoyo a familias y adaptación de la vivienda.
  • Programas de promoción y adecuación de plazas para personas mayores con dependencia en residencias de personas mayores.
  • Programas de atención diurna y nocturna.
 Personas con discapacidad
  • Programas para la promoción de la autonomía personal, la adaptación de las viviendas y la integración social de las personas con discapacidad.
  • Centros de atención diurna, centros residenciales y viviendas tuteladas o de convivencia.
  • Programas de atención nocturna, servicio de respiro y apoyo a familias que tienen a su cargo personas con discapacidad.
 Personas con problemas de drogodependencia
  • Programas de apoyo al mantenimiento de los recursos asistenciales y de reinserción sociolaboral.
  • Programas de prevención en entornos vulnerables al consumo de drogas, especialmente de alcohol en los menores, que precisen de intervenciones específicas dirigidas a la promoción de estilos de vida saludables.
 Pueblo gitano
  • Programas de inserción laboral
  • Programas de inserción social
 Personas migrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional
  • Programas de orientación, información y acogida integral
  • Programas de reagrupación familiar y retorno voluntario
  • Programas de movilidad geográfica
  • Programa de asistencia a emigrantes españoles retornados
 Personas afectadas por VIH/SIDA
  • Programas de apoyo a personas afectadas por el VIH/SIDA
  • Programas de creación y mantenimiento de alojamientos de acogida y/o de inserción social
 Personas reclusas, exreclusas y sometidas a medidas alternativas
  • Programas de atención sanitaria y rehabilitación de internos drogodependientes, enfermos de Sida y de otras enfermedades y con discapacidad
  • Programas para la inserción social de los internos en el medio abierto y los liberados condicionales.
  • Programas para la integración social y la inserción laboral de internos en régimen cerrado.
  • Programas para la colaboración en el cumplimiento de penas y medidas alternativas a la prisión
  • Programas para la atención de colectivos específicos
 Inclusión social
  • Programas integrales dirigidos a las personas en situación o en riesgo de exclusión social.
  • Programas integrales destinados a la incorporación social de personas sin hogar y sin alojamiento digno
  • Programas integrales dirigidos a la población rural desfavorecida
  • Programas de acceso al empleo para personas en situación o en riesgo de exclusión
  • Programas destinados a facilitar el acceso a las tecnologías de la información y comunicación a las personas excluidas o en riesgo de exclusión.
 Promoción del voluntariado
  • Programas de sensibilización
  • Programas de apoyo al voluntariado
 Fondo destinado a paliar situaciones de emergencia social

Fuente: Ministerio de Sanidad, Políticas Sociales e Igualdad

Política social de la Unión Europea

La política social de la Unión o política social comunitaria puede caracterizarse como el sector del acervo de las Comunidades Europeas que se ocupa de regular aspectos materiales y formales de las relaciones laborales y el empleo, tanto en el interior de sus Estados miembros como en su dimensión transnacional, incidiendo en su funcionamiento y en sus consecuencias, sin pretensión actual de globalidad y con una orientación de progreso. Con el transcurso del tiempo la política social comunitaria ha perdido buena parte de su subordinación a la política económica, ganando una cierta autonomía que aún no ha fraguado del todo. Constituye un complejo sistema jurídico que no alcanza las cotas de perfección técnica que serían deseables, pero no puede afirmarse que tales defectos sean exclusivos de este sector del campo comunitario.

Derechos Humanos y Políticas de Protección Social del Adulto


Existe una relación de reciprocidad entre los derechos humanos y las políticas
de protección social, orientadas a las personas de mayor edad. Por un lado, el
discurso de los derechos humanos requiere para su garantía y exigibilidad, los
contextos institucionales que permitan su ejercicio. Por otro lado, las políticas
se basan en un enfoque de derechos, tendiente a la ampliación y protección de
éstos. En ambos sentidos, las personas mayores se benefician del desarrollo
en su calidad de ‘sujetos de derecho’.
Los adultos mayores son sujetos de derechos universales y específicos
es lo mismo que decir, que son personas o titulares de derechos y
obligaciones.

La ley orgánica 1/1996 y los derechos fundamentales de los menores

El art. 3 de la Ley Orgánica 1/1996 hace una primera remisión a los derechos reconocidos directamente en la Constitución, así como en los distintos instrumentos internacionales vigentes. Igualmente, de conformidad con el art. 10 de la Constitución, los derechos de los menores en España deben ser interpretados y aplicados de acuerdo con los tratados internacionales vigentes. Una remisión, por tanto, a ordenamientos y organismos superiores, cuyas normas son plenamente aplicables a todos los menores de edad en territorio español.

jueves, 3 de mayo de 2012

Alemania eliminará "operaciones innecesarias"

Mientras tanto, el gobierno alemán se propone eliminar las "operaciones innecesarias" de la cobertura de la sanidad pública, aunque se compromete a mantener todos aquellos tratamientos y prestaciones consideradas justificadas. "Está claro que Alemania la sanidad pública seguirá atendiendo todas aquellas terapias y operaciones necesarias. Nos encargaremos de que así sea", afirmó el ministro de Sanidad, Daniel Bahr, acerca de los planes de la coalición de la canciller Angela Merkel de reducir ciertas intervenciones.
El ministro calificó de "absurdas" interpretaciones como la aparecida hoy en el popular diario Bild, en cuya portada se pregunta si a partir de ahora quedarán fuera de cobertura algunas operaciones para los ciudadanos de avanzada edad.
La reacción del rotativo sigue a las informaciones publicadas ayer, según las cuales la coalición de gobierno estudia revisar la cobertura de algunas operaciones de dudosa efectividad en esa franja de la población, como intervenciones en la rodilla o las prótesis de cadera. El propio Bahr admitió que los expertos cuestionan la oportunidad de esas intervenciones, que acarrean enormes costes a la sanidad pública.

Publicado en Público.es el 03/05/2012

CONCEPCIÓN ARENAL

"Sustituir el amor propio por el amor a los demás es cambiar un tirano insufrible por un buen amigo."



"El hombre que se levanta es aún más grande que el que no ha caído."



"No es tan culpable el que desconoce un deber como el que lo acepta y lo pisa."



"A veces damos el nombre de favor a la justicia, y creemos de muy buena fe que fuimos buenos y generosos cuando no hemos sido más que justos."

DE LAS AULAS A LAS EMPRESAS


Burgos
El Ministerio de Educación subvenciona con 877.590 euros un total de 34 proyectos de innovación y transferencia del conocimiento impulsados por centros de Formación Profesional •

HERRERA PONE A ASPANIAS DE EJEMPLO DE INSERCIÓN LABORAL

La Junta diseña un nuevo modelo para las personas con discapacidad que integre el ámbito formativo, el ocupacional y el propio empleo, como viene haciendo la asociación burgalesa
Una de las líneas estratégicas de la Junta de Castilla y León en el ámbito de la discapacidad tiene que ver con el acceso al empleo, ya que su integración en el mercado laboral «garantiza el gran objetivo de la participación y la autonomía de estas personas», tal y como destacó Juan Vicente Herrera.El presidente de la Junta anunció ayer en el Complejo Laboral de Aspanias la apuesta del Gobierno regional por un nuevo modelo que integre el ámbito formativo, el ocupacional y el empleo para que las personas con discapacidad puedan dar el salto desde el sistema educativo al mercado laboral.El proyecto de la Junta consta de cuatro fases decisivas en el desarrollo de cualquier persona con discapacidad. En primer lugar estaría la formación profesional, con unos estudios que sirvan para aprender un oficio. De ahí el paso siguiente sería su ingreso en un centro ocupacional, una fase prelaboral que permite adquirir unas habilidades concretas en un puesto de trabajo real. En Castilla y León existen 180 centros de día u ocupacionales que dan servicio a 8.500 personas con discapacidad. «Aquí estamos haciendo un especial hincapié para transformar una buena parte de estos centros ocupacionales en la tercera categoría: centros especiales de empleo», añadió Herrera.Estamos hablando ya de empresas en el sentido amplio de la palabra. Proyectos empresariales sólidos que dan empleo de calidad y con todas las consecuencias: salario, productividad y acceso al mercado. Castilla y León cuenta con 170 centros de empleo de este tipo que dan trabajo a 4.000 personas con discapacidad. Y por último solo quedaría la plena integración en empresas normalizadas e incluso el autoempleo.El Complejo Laboral de Aspanias cumple las cuatro fases del proyecto de la Junta. Por eso Juan Vicente Herrera puso de ejemplo el trabajo de la asociación burgalesa: «Aspanias ha llegado a configurar un verdadero itinerario profesional para las personas con discapacidad que sirve de modelo porque agrupa y concentra estos cuatro ámbitos: centro de formación profesional con 64 alumnos; en el ámbito ocupacional cuenta con 266 plazas concertadas, y el centro especial de empleo, que da trabajo a 206 personas con discapacidad y a 44 personas profesionales de apoyo. Aspanias culmina el itinerario con 61 personas con discapacidad trabajando en el mercado abierto».